El Gobierno Nacional, encabezado por el Presidente de la República, ha dado los primeros pasos para el ejercicio de una ciudadanía digital, a través de la cual, entidades y personas naturales y jurídicas, podrán interactuar entre sí, en los distintos trámites que adelantan las entidades del Estado.
A través del Decreto 620 del 2 de mayo de 2020, se reglamentan los siguientes aspectos de la ciudadanía digital:
- Autoridades responsables de implementar los servicios ciudadanos digitales
- Autoridades responsables de regular, vigilar e implementar los servicios ciudadanos digitales
- Servicios ciudadanos digitales de base y su uso
- Principios de los servicios ciudadanos digitales
- Obligaciones de las entidades del Estado
Esta norma reglamentaria, genera cambios en el ejercicio de derechos ciudadanos y a la vez, obliga a las entidades del Estado a implementar canales para el ejercicio de una ciudadanía digital.
Servicios ciudadanos digitales
Los ciudadanos de una parte, podrán hacer uso de unos servicios ciudadanos digitales base: interoperativilidad, autenticación digital y carpeta ciudadana digital. Estos servicios serán gratuitos.
El servicio de interoperativilidad, será prestado por una Agencia Nacional, que garantizará el correcto flujo de información entre las entidades del Estado; el servicio de autenticación digital, a través del cual se da certeza sobre la persona que ha firmado un documento o permite verificar los atributos digitales de una persona en un trámite o servicio; y el servicio de carpeta ciudadana digital, es el servicio que le permite a los usuarios de servicios ciudadanos digitales acceder al conjunto de sus datos, que tienen o custodian las entidades del Estado.
Estos servicios ciudadanos digitales, facilitarán la interacción de ciudadanos y personas jurídicas, con entidades del Estado, en trámites, servicios, ejercicios de participación, acceso a la información, colaboración y control social, entre otros. Esto permitirá que las nuevas interacciones entre el Estado-ciudadanos, nazcan electrónicas.
Así mismo, los ciudadanos podrán contar con la posibilidad de tener una firma digital, al registrarse como usuarios de los servicios digitales.
Las entidades del Estado y obligaciones
Para un pleno ejercicio de la ciudadanía digital, aún está pendiente la implementación de mecanismos de identificación digital a través de una cédula de ciudadanía digital y por biometría, lo cual corresponde a la Registraduría Nacional del Estado Civil.
De otra parte, las entidades del Estado , tendrán una serie de obligaciones, entre las que se destacan:
- Contar con una sede electrónica, a través de la cual se deberá ofrecer la posibilidad de iniciar trámites, servicios, ejercicios de participación, acceso a la información, colaboración y control social, entre otros. Estas interacciones de las entidades, deberán integrar los servicios ciudadanos digitales.
- Permitir el registro de documentos electrónicos por parte de los ciudadanos, otras entidades públicas y personas naturales y jurídicas.
- Custodiar de forma segura, confiable y actualizada, el conjunto de datos que ponen a disposición de las autoridades, los ciudadanos, entidades o personas jurídicas, a través de la carpeta ciudadana digital.
Los servicios de autenticación digital y carpeta ciudadana digital, permitirán a los ciudadanos y entidades del Estado, interactuar de forma digital, en trámites como: derechos de petición y de acceso a la información; actuaciones administrativas que sigan el procedimiento administrativo general o procedimientos especiales; procedimientos sancionatorios; control social de lo público; oferta de servicios, entre otros.
La reglamentación de los servicios ciudadanos digitales, deberá implementarse en las entidades del Estado, una vez se expida la Guía para la Vinculación y Uso de los Servicios Ciudadanos Digitales, por parte del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
