DOCENTE ORIENTADOR
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN MUNICIPIO DE PITALITO.
Proceso de selección Docentes y Directivos Docentes 2026 - Población mayoritaria
Propósito del empleo
ATENDIENDO LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 92 DE LA LEY 115 DE 1994, LOS ARTÍCULOS 2.3.3.1.6.5. Y 2.4.6.3.3 - NUMERAL 2 - DEL DECRETO 1075 DE 2015, EL DOCENTE ORIENTADOR ES EL PROFESIONAL DE LA EDUCACIÓN RESPONSABLE DE FORMULAR Y/O ASESORAR PROYECTOS Y PROPUESTAS PEDAGÓGICAS EN EL MARCO DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES Y LA PROMOCIÓN DE LA SALUD MENTAL, EN ARTICULACIÓN CON LOS DEMÁS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. DE IGUAL FORMA, SE ENCARGA DE ORIENTAR, REMITIR Y REALIZAR SEGUIMIENTO A LOS ESTUDIANTES QUE LO REQUIERAN, DE MANERA QUE ESTABLECE LAS RUTAS DE TRABAJO Y LOS CONTACTOS INTERINSTITUCIONALES NECESARIOS PARA LA ATENCIÓN OPORTUNA DE CASOS ESPECIALES.
Requisitos mínimos
Estudio
LICENCIADO EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN: LICENCIATURA EN PSICOLOGÍA Y PEDAGOGÍA O PSICOPEDAGOGÍA (SOLA O CON ÉNFASIS) Ó, LICENCIATURA EN PEDAGOGÍA (SOLO, CON OTRA OPCIÓN O CON ÉNFASIS) Ó, LICENCIATURA EN ORIENTACIÓN (SOLO, CON OTRA OPCIÓN O CON ÉNFASIS)
Experiencia
NO REQUIERE EXPERIENCIA
Funciones
- Funciones especificas 1. Participar en los procesos de planeación y gestión institucional, formulación y ajustes del proyecto educativo institucional (pei), el sistema institucional de evaluación de estudiantes (siee), para que estén acordes con los procesos de orientación escolar y de conformidad con los criterios adoptados por el consejo directivo en el proyecto educativo institucional - pei. 2. Diseñar y evaluar el plan operativo anual de orientación escolar del establecimiento educativo, de acuerdo con la caracterización institucional que defina los órganos de gobierno escolar. 3. Acompañar y participar en el desarrollo de estrategias psicosociales que promuevan y fortalezcan lo socioemocional, la vinculación familiar y los procesos pedagógicos, orientados al mejoramiento continuo del ambiente escolar. 4. Participar en los comités internos de trabajo que se creen por ley, por normas reglamentarias o por decisiones institucionales, en correspondencia con las funciones del cargo de docente orientador. 5. Participar en los espacios, instancias y procesos especializados, gestionados por el ministerio de educación nacional, las secretarías de educación, instituciones educativas o por su superior inmediato, que respondan al fortalecimiento de capacidades de los docentes orientadores, en el marco de las realidades y necesidades del contexto. 6. Orientar a los directivos docentes, docentes y administrativos del establecimiento en el diseño y ejecución de estrategias y acciones tendientes a garantizar el respeto de los derechos humanos de los estudiantes. 7. Promover la comunicación asertiva y la cultura de la participación de la familia y demás miembros de la comunidad educativa en los procesos escolares y aportar en la construcción de la sana convivencia escolar. 8. Participar en los procesos institucionales en conjunto con los directivos, docentes y comités responsables de la aplicación de los protocolos y rutas de atención psicosocial. 9. Promover la activación oportuna del sistema de alertas tempranas y propiciar estrategias para la prevención, promoción, atención y seguimiento de las situaciones que afectan la sana convivencia. 10. Diseñar, implementar y evaluar acciones que contribuyan con la orientación vocacional, profesional y socio ocupacional de los educandos, que permitan una mejor toma de decisiones para la construcción de su propio futuro. 11. Diseñar y orientar estrategias de prevención sobre riesgos psicosociales y las problemáticas identificadas en los estudiantes. 12. Prestar atención y asesoría a estudiantes y sus familias en lo referido a la orientación psicosocial, socioemocional y escolar. 13. Gestionar y articular la participación de otras entidades, organizaciones y autoridades competentes para intercambiar experiencias y recibir apoyo institucional que favorezca el desarrollo integral del estudiante y el respeto de sus derechos humanos. 14. Realizar el registro y seguimiento establecido por el establecimiento educativo de los casos remitidos por los docentes, directivos docentes o cualquier miembro de la comunidad educativa, acorde con la ley sobre tratamiento de datos e información, proponiendo estrategias de prevención e intervención en el manejo de situaciones particulares. 15. Las demás que le asigne el rector acorde con el cargo y las funciones del docente orientador.
Vacantes
| Departamento | Municipio | Vacantes | Dependencia |
|---|---|---|---|
| Huila | Pitalito | 1 | DONDE SE UBIQUE EL CARGO |