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OPEC 242350Técnico
TÉCNICO OPERATIVO
ALCALDÍA DE VILLA DEL ROSARIO
Proceso de selección Territorial 12
Requisitos mínimos
Estudio
Título de TECNOLOGICA en NBC: ADMINISTRACION ,O, NBC: CONTADURIA PUBLICA ,O, NBC: INGENIERIA INDUSTRIAL Y AFINES.
Experiencia
Seis(6) meses de EXPERIENCIA LABORAL, <br/> <b>O</b>, Seis(6) meses de EXPERIENCIA RELACIONADA
Funciones
- 1. Apoyar la elaboracion de conceptos que se generen sobre asuntos de seguridad y convivencia en el municipio.
- 2. Aplicar las tecnologias como herramienta para la eficiencia de las actividades y competencias propias de dependencia donde sea asignado, e innovar en herramientas de gestion
- 3. Implementar sus conocimientos tecnicos en la adopcion de los tramites y procedimientos administrativos y colaborar en la ejecucion y control de actividades propias de dependencia donde sea asignado.
- 4. Preparar, elaborar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas en la dependencia donde sea asignado.
- 5. Responder por el mantenimiento y conservacion de los equipos e instrumentos entregados para el ejercicio de sus funciones.
- 6. Clasificar, organizar y conservar los documentos que deban tramitarse en la dependencia, conforme al procedimiento administrativo de gestion documental.
- 7. Contribuir en la elaboracion y rendicion de informes con las entidades y organismos que lo requieran a la dependencia a la cual sea asignado.
- 8. Apoyar en la coordinacion comites y consejos, reuniones, capacitaciones, talleres y convocatorias, de los programas realizados por la dependencia.
- 9. De acuerdo con el area del conocimiento tecnico, realizar las funciones y actividades que de manera especifica le sean asignadas por su superior inmediato y que sean acordes con la naturaleza del cargo.
- 10. Presentar resultados y proponer mecanismos tendientes al mejoramiento de las actividades institucionales.
- 11. Elaborar proyectos de acuerdo, decretos, resoluciones y demas actos administrativos relacionados con base en los lineamientos, politicas y estrategias segun lo determine el jefe inmediato.
- 12. Las demas funciones inherentes al cargo, que de una parte le atribuya el ordenamiento legal por mandato de la constitucion politica, la ley, las ordenanzas, los acuerdos municipales, los decretos, las resoluciones, los reglamentos y los manuales y, de otra parte, las que le sean asignadas o delegadas por el superior jerarquico, el alcalde y/o autoridad competente de acuerdo con el nivel y la naturaleza del cargo, el area funcional del empleo y la necesidad del servicio.
Vacantes
| Departamento | Municipio | Vacantes | Dependencia |
|---|---|---|---|
| Norte de Santander | Villa Del Rosario | 1 | SECRETARIA DE GOBIERNO |